El llamado de la Corte Constitucional obedece al estudio de una tutela que presentó Andrea en favor de su hijo Mario, luego de que en un hospital se negaron a realizarle una segunda intervención quirúrgica al menor. La negativa estuvo basada en que no se encontraban afiliados al sistema de salud, ya que son venezolanos en trámite de regularizar su situación en el país.
Sobre esto, Andrea indicó que no estaba afiliada a alguna entidad promotora de salud, por lo que debía asumir los gastos de dicho procedimiento, que supera los tres millones de pesos. Ante ello, adelantó gestiones para que el hospital cubriera la cirugía, sin embargo, recibió negativas que la llevaron a imponer esta tutela.
Fue entonces cuando la Corte la estudió de fondo y dijo que en este caso se le debía amparar su derecho a la salud, porque el menor ya contaba con una EPS. Sin embargo, gracias a este caso le reiteró a todos los hospitales del país que tienen la obligación de prestar los servicios de salud a los menores de edad y que deben garantizarles un tratamiento integral, adecuado y especializado, a pesar de que no estén afiliados al sistema de seguridad social.
